Hace 20 años se sancionó la Ley de Educación Nacional N.º 26.206. Reconociendo las deudas existentes en educación, consideramos necesario destacar sus aspectos más democráticos a través de este decálogo.
10 razones para sostener la Ley de Educación Nacional (LEN)
1.La educación es un derecho, no una mercancía: define la educación y el conocimiento como bienes públicos y derechos personales y sociales garantizados por el Estado y prohíbe que este suscriba acuerdos que conciban la educación como un servicio lucrativo o promuevan su mercantilización.
2.La responsabilidad principal e indelegable de sostener la educación pública es del Estado nacional junto a las provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires: las familias, las organizaciones sociales, las iglesias y las instituciones privadas participan de la educación sin reemplazar la obligación estatal de proveer una educación integral, permanente, gratuita y de calidad.
3.No hay derecho a la educación sin financiamiento: la ley vincula la garantía del derecho con la responsabilidad estatal de financiar el sistema y asignar mayores recursos donde existan mayores desigualdades. El artículo 9 establecía una inversión consolidada no inferior al 6 % del Producto Interno Bruto. Ese artículo fue derogado, a partir del ejercicio fiscal 2026, por la Ley de Presupuesto N.º 27.798.
4.La obligatoriedad amplía derechos y responsabilidades públicas: con la LEN, se extiende la obligatoriedad hasta la finalización de la escuela secundaria y se obliga al Estado a crear escuelas, cargos y alternativas pedagógicas que aseguren acceso, permanencia, aprendizajes y egreso.
5.Libertad en un marco de atención a la igualdad: reconoce la libertad de enseñanza en proyectos institucionales y el derecho de las familias a elegir escuelas acordes con sus convicciones, siempre bajo el marco de un sistema regulado que sostiene y garantiza la posibilidad efectiva de acceder a una educación de calidad con independencia del ingreso económico, el lugar de residencia o las condiciones de vida de las familias.
6.La igualdad no es abordar todas las situaciones de la misma manera: la LEN establece políticas universales y estrategias específicas para enfrentar desigualdades económicas, sociales, territoriales, culturales, étnicas, de género o vinculadas con una discapacidad. Para ello, contempla modalidades como la educación rural, especial, intercultural bilingüe, domiciliaria y hospitalaria, en contextos de privación de libertad y de jóvenes y adultos.
7.Un sistema federal necesita un horizonte común: la ley distribuye responsabilidades entre la Nación y las jurisdicciones y establece al Consejo Federal de Educación como el ámbito de concertación en el que se definen contenidos curriculares comunes, aprendizajes prioritarios, títulos con validez nacional y criterios de calidad equivalentes. Se procura, así, evitar que el federalismo produzca fragmentación y que las desigualdades territoriales se conviertan en destinos educativos.
8.Educar es más que acreditar aprendizajes individuales: la escuela debe garantizar lectura, escritura, ciencias, tecnologías, artes, educación física, formación ciudadana, derechos humanos, memoria colectiva, diversidad cultural, educación ambiental y preparación para el trabajo y los estudios superiores. El aprendizaje no puede reducirse a resultados individuales medidos mediante exámenes. La educación forma parte de la construcción de un mundo común: transmite conocimientos y, al mismo tiempo, genera experiencias de convivencia, cooperación, responsabilidad y participación democrática.
9.Las y los docentes como trabajadoras y trabajadores que producen saber pedagógico: la LEN establece el derecho de las y los docentes a un salario digno, estabilidad, seguridad social, condiciones adecuadas de trabajo, formación gratuita y en servicio, libertad de cátedra, participación en el gobierno educativo, asociación sindical y negociación colectiva. De este modo, la calidad no descansa en la competencia individual, la flexibilización laboral o la amenaza de perder el puesto de trabajo. Requiere políticas de formación, acompañamiento, participación y reconocimiento de la experiencia construida colectivamente.
10.La calidad es una responsabilidad colectiva, no un ranking de escuelas: sostiene que la evaluación debe servir para ampliar derechos, orientar políticas y fortalecer las escuelas y establece que la educación no puede medirse al margen de las condiciones materiales y culturales de la enseñanza. Para ello, propone una evaluación integral del sistema educativo que incluya: aprendizajes, cobertura, permanencia, egreso, inversión, condiciones institucionales, formación docente y contextos socioculturales.
Un piso desde el cual seguir construyendo
La Ley de Educación Nacional no resolvió las desigualdades educativas, pero sí estableció un principio desde el cual es posible exigir su cumplimiento: todas las personas tienen derecho a una educación integral y de calidad, y el Estado es responsable de garantizarla.
Sin enseñanza, conocimientos y condiciones de escolarización, el derecho se vuelve una promesa vacía; pero sin un derecho garantizado públicamente, los aprendizajes se convierten en oportunidades desigualmente distribuidas. Por ello, no se trata de optar entre libertad y Estado. La verdadera pregunta es si la libertad educativa será un derecho efectivo para todas y todos o una posibilidad condicionada por los recursos de cada familia. En este marco, defender la LEN es defender la existencia de un sistema educativo público, federal y democrático; la escuela como espacio de encuentro entre diferentes; el trabajo docente como actividad intelectual y colectiva; y la responsabilidad indelegable del Estado de construir igualdad.


